La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó el régimen de percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para operaciones con sujetos no categorizados.

De esta forma, se considerará que el adquirente, locatario o prestatario es consumidor final cuando el monto total de la operación perfeccionada no supere los $10.000.000.

La medida fue publicada mediante la Resolución General N° 5710 y los nuevos montos serán de aplicación a partir del 1° de julio.

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