La Municipalidad de Esperanza adhirió al Decreto Provincial N° 455/20, con el Decreto Municipal N° 15.556.-

En el mismo estableció los siguientes horarios:

Profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores, y martilleros debidamente matriculados e inscriptos: LUNES A SÁBADOS DE 9 A 19

Actividad Inmobiliaria: LUNES A SÁBADOS DE 9 A 19

Mudanzas a través de fletes o empresas autorizadas para la actividad: LUNES A SÁBADOS DE 9 A 19

Servicios de Peluquería, manicura, cosmetología, y podología: LUNES A SÁBADOS DE 9 A 19

Atención al público de Comercio mayorista y minorista de venta de mercaderías comprendidos en el Decreto Provincial N° 382/20 y 393/20.: LUNES A SABADOS DE 9 A 19. Asimismo la distribución a domicilio y/o Delivery podrá realizarse hasta las 22:30 Hs.

LAS RESTANTES ACTIVIDADES CON AUTORIZACIÓN PARA FUNCIONAR, NO ENUNCIADOS EN EL PRESENTE DECRETO, CONTINUARÁN CON LOS DÍAS Y HORARIOS PREESTABLECIDOS EN NORMATIVAS VIGENTES.


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