El Poder Ejecutivo Nacional, a través del Decreto 620/2021 , incrementó el monto de la remuneración y/o del haber bruto previsto en el inciso z) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias , texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, a $175.000 mensuales.
Todas las disposiciones del decreto entrarán en vigencia desde el día de la fecha y resultarán de aplicación para las remuneraciones y/o haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de septiembre de 2021, inclusive.

También el Poder Ejecutivo Nacional estableció mediante el Decreto 621/2021 las pautas y requisitos que deben cumplimentar los instrumentos financieros que se liquiden en moneda nacional.

Por último, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó el régimen de retención de conformidad con las modificaciones normativas realizadas por la Ley N° 27.541 y sus modificaciones, y, por otra parte, las referencias normativas de la resolución general 4468 al ordenamiento de la Ley de Impuesto a las Ganancias dispuesto por el Decreto N° 824 del 5 de diciembre de 2019.Las adecuaciones fueron publicadas en la Resolución General N° 5075/2021 .
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