A través del Decreto 0704/21 el Gobierno de Santa Fe otorga una asistencia económica para los locales gastronómicos (bares, restaurantes, comedores y heladerías) a los fines del sostenimiento del empleo en un contexto de gran dificultad económica.
Dicha asistencia consiste en una suma mensual por trabajador equivalente a pesos diez mil ($ 10.000), la cual será otorgada por un plazo de tres meses, consolidando una inversión tendiente a mantener los puestos de trabajo del sector.
ALCANCE: La asistencia económica promovida por el Programa se dirige a todos los empleados del sector gastronómico con asiento en la Provincia de Santa Fe, mediante solicitud efectuada por cada empleador.
REQUISITOS: Los titulares de establecimientos gastronómicos (bares, restaurantes, comedores, heladerías) deberán completar el formulario de inscripción online dispuesto en el sitio web oficial de la Provincia (link CORONAVIRUS : Formulario Asistencia Gastronómicos (santafe.gov.ar) ), adjuntando la documentación detallada a continuación:
– Escaneo de la grilla que cumplimente los siguientes requerimientos en carácter de Declaración Jurada del empleador y del trabajador correspondiente.
• N.º de Orden
• Nombre completo del trabajador
• DNI
• CUIL
• CBU
• Firma del trabajador
– Constancia de Ingresos Brutos del empleador.
– Constancia de habilitación municipal o comunal (según corresponda) del empleador.
– Formulario N° 931 de AFIP.
– Constancia de CBU de cada trabajador, emitida por la entidad bancaria o extraída de homebanking.
– Declaración expresa de no percibir otros montos en concepto de asistencia económica con base en las razones que motivan el presente programa.
BENEFICIARIOS: Son beneficiarios del presente Programa los empleados de establecimientos gastronómicos que se encuentren en actividad, debidamente registrados, acorde a lo preceptuado por el Formulario 931 de AFIP.
En caso de aprobarse las solicitudes, los valores económicos serán transferidos por la Provincia a las cuentas bancarias de titularidad de los trabajadores detallados en el formulario que se acompañe.
MONTO A PERCIBIRSE: Pesos diez mil ($10.000) mensuales a cada trabajador, durante el período de tres (3) meses.
CONTROL: Las solicitudes se analizarán por las áreas correspondientes del Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología, verificando los datos proporcionados, acorde a los lineamientos establecidos mediante el presente Programa.
PLAZO LÍMITE DE ENVÍO DE SOLICITUDES: 25 de junio de 2021, inclusive.
NOTIFICACIONES: La notificación de aceptación del trámite se realizará vía correo electrónico a la casilla del empleador especificada en el formulario (correspondiéndoles a cada empleador anoticiar oportunamente a los trabajadores).