Desde CICAE consideramos una factor sumamente importante trabajar con la matriz energética del sector productivo, y en esta oportunidad informamos respecto a una reunión realizada con ENARGAS donde las autoridades del organismo hicieron la presentación final de los beneficios estudiados y trabajados en conjunto con FISFE y Unión Industrial Argentina, aplicables a todas las empresas inscriptas como MiPyMes. Los mismos estan vigentes, invitamos a los asociados a verificar el cumplimiento de dichas normativas en las boletas emitidas y ante cualquier duda consulten a CICAE.
A modo de resumen, indicamos los aspectos más destacados del beneficio:
• Este beneficio está orientado a usuarios de gas natural por redes de tipo Servicio General “P” cuya inscripción al Registro de Empresas MiPyMES se encuentre vigente.
• Es requisito estar inscripto en el registro MiPyme, pudiendo ser empresas industriales, comerciales, gastronómicas, etc.
• El beneficio consiste en la aplicación de una bonificación de los precios del gas natural (solo en el gas, no en el costo de transporte ni distribución).
• Los beneficiarios son los usuarios de Servicio General “P” de gas natural por redes que se encuentren inscriptos en el Registro de Empresas MiPyMES (creado a través de la Resolución N° 220/2019, de la ex Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del ex Ministerio de Producción y Trabajo).
• Los usuarios del Servicio General P1 y P2 recibirán una bonificación del CUATRO COMA VEINTINUEVE POR CIENTO (4,29%) en el precio del gas, la que será de aplicación a los consumos de gas realizados a partir del 1° de marzo de 2023.
• Los usuarios del Servicio General P3 recibirán una bonificación del 24,68% (VEINTICUATRO COMA SESENTA Y OCHO POR CIENTO) y del 62,49% (SESENTA Y DOS COMA CUARENTA Y NUEVE POR CIENTO) en el precio del gas, la que será de aplicación a los consumos realizados a partir del 1° de marzo de 2023 y del 1° de mayo de 2023, respectivamente.
• Este beneficio es automático, no es necesario solicitarlo a la distribuidora. Una vez inscripto como MiPyme se accede a él.
• No se trata de un cuadro tarifario nuevo. Es un descuento sobre el precio del gas.
• El usuario debe controlar que en la facturación figure el descuento respectivo haciendo referencia a la resolución que lo establece.
• La factura debe estar a nombre de la empresa. Si estuviera como “R” (residencial), el usuario debe consultar por la conveniencia de cambiar a “P” en función de otros beneficios aplicables.
• Este beneficio también resulta aplicable a entidades de bien público.
A continuación, les compartimos toda la información en este adjunto. Por cualquier consulta, estamos a dispocisión.