La AFIP dispuso la obligación de incorporar en los comprobantes electrónicos la identificación de un código de respuesta rápida “QR”. Esta medida alcanza a todos los contribuyentes y/o responsables cuya autorización de emisión de comprobantes electrónicos, se haya tramitado en los términos del “Régimen de Emisión de Comprobantes Electrónicos” establecido por la Resolución General N° 4.291.

Descargar Resolución General AFIP 4892/2020

Fuente: Fe.Ce.Co.

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