La Resolución 503/21 estableció el “Reglamento  de Acceso al Beneficio establecido en el Programa Crédito a Tasa Cero”. En el punto 2 de dicho reglamento se enumeran las condiciones de elegibilidad entre las que se encuentran la “2.6. No serán elegibles los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) con situación crediticia 3, 4, 5 o 6considerando la situación del solicitante al día 30 de junio de 2021. El BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, pondrá a disposición de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS la información correspondiente a la situación crediticia”.

Situación Crediticia – Clasificación de Deudores

Situación 1: En situación normal | Cartera comercial, ver sección 6 punto 6.5.1.; Situación normal | Cartera para consumo o vivienda, ver sección 7, punto 7.2.1.

Situación 2: Con seguimiento especial | Con seguimiento especial | Cartera comercial, ver sección 6, punto 6.5.2.; Riesgo bajo | Cartera para consumo o vivienda ver sección 7, punto 7.2.2.

Situación 3: Con problemas | Cartera comercial, ver sección 6, punto 6.5.3.; Riesgo medio |Cartera para consumo o vivienda ver sección 7, punto 7.2.3.

Situación 4: Con alto riesgo de insolvencia | Cartera comercial, ver sección 6, punto 6.5.4.; Riesgo alto |Cartera para consumo o vivienda, ver sección 7, punto 7.2.4.

Situación 5: Irrecuperable | Cartera comercial, ver sección 6, punto 6.5.5.; Irrecuperable |Cartera para consumo o vivienda, ver sección 7, punto 7.2.5.

Situación 6: Irrecuperable por disposición técnica | Cartera comercial, ver sección 6, punto 6.5.6.; Irrecuperable por disposición técnica |Cartera para consumo o vivienda, ver sección 7, punto 7.2.6.

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