Mediante el Decreto 947/2020, definió tres feriados con fines turísticos del 2021 para el 24 de mayo, el 8 de octubre y el 22 de noviembre.

Entre los considerandos del Decreto, el Gobierno recordó que a partir de la Ley N° 27.399 se facultó al Poder Ejecutivo a fijar anualmente hasta 3 días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística.

De esta forma, el próximo año contará con 11 feriados inamovibles, 4 trasladables y tres con fines turísticos, lo que contabiliza un total de 18 días festivos.

Para acceder al Decreto 947/2020, clic aquí.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

También te puede interesar

A pedido de CAME la AFIP prorroga la suspensión de la traba de embargos y juicios de ejecución fiscal

La Comisión de Asuntos Tributarios de la Confederación Argentina de la Mediana…

Presentación del Programa de Desarrollo del Sector Comercio y Servicios

El pasado jueves 30 de Junio en la Asociación Empresaria de Rosario…

FECOL continúa trabajando para concretar actividades en la nueva edición

Dirigentes de la institución que integran el Comité Organizador de FECOL, junto…