Hay tiempo hasta el viernes 29 de mayo, luego de esa fecha caducan todos los actuales.
La provincia de Santa Fe, informa que el aislamiento social, preventivo y obligatorio continúa hasta el 7 de junio. En este marco, habrá que renovar todos los permisos actuales de circulación, sin excepción.
Si trabajas en alguna actividad esencial, vas a tener que tramitar el Certificado Único Habilitante para la Circulación (CUHC), o renovarlo en: https://www.argentina.gob.ar/circular

Si tenés la app (aplicación) CUIDAR, podés hacer clic en el botón “tramitar permiso”, que te va a llevar a la web para hacerlo. Una vez que esté emitido lo tendrás integrado en la aplicación o podrás descargarlo.

¿Quiénes tienen que tramitar el permiso por primera vez?

Todas las personas que realicen actividades esenciales, que NO lo hayan tramitado por estar exceptuadas.

Podés consultar el listado de actividades esenciales que se incorporan al CUHC en ttps://www.argentina.gob.ar/coronavirus/aislamiento/exceptuados
Habrá permisos especiales que tendrán vigencia de 48 hs para urgencias médicas o de vivienda, trámites impostergables.

¿Cuándo hay que tramitar el certificado?

Ya podés tramitarlo, y tenés tiempo hasta el 29 de mayo.

A partir del 30 de mayo no habrá ninguna excepción vigente para transitar sin el CUHC.

Todos los trabajadores de organismos públicos, incluidos funcionarios, tendrán que tramitar su Certificado Único para Circular

En síntesis todos los trabajadores que residan en la provincia de Santa Fe, deberán tramitar el certificado accediendo a: https://www.argentina.gob.ar/circular

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

También te puede interesar

CICAE se reunió por temas de la Agenda Legislativa Nacional.

Este miércoles 31 de Marzo recibimos al Diputado Nacional Juan Martin, que…

Compartimos Decreto de Necesidad de Urgencia.

Aislamiento social, preventivo y obligatorio. Decreto 297/2020 El Gobierno decretó Aislamiento Social…

Trabajadores dispensados de concurrir al trabajo: Pueden ser convocados al ser vacunados al menos con una dosis.

Los empleadores podrán convocar al retorno a la actividad laboral presencial a…